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4 Sentencias de la Audiencia Nacional y 2 Autos del Tribunal Supremo avalan de forma incuestionable la competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales para la realización de los Informes de Evaluación de Edificios.

 

 

La Audiencia Nacional se ha pronunciado hasta en cuatro ocasiones, por el momento, en favor de la participación de los Ingenieros en la realización de los Informes de Evaluación de los Edificios, y todas ellas a instancia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), por considerar injustificada la reserva exclusiva para arquitectos y arquitectos técnicos.

 

Por su parte, el Tribunal Supremo, incide nuevamente en la falta de justificación en modo de necesidad y la proporcionalidad de la reserva específica a Arquitectos y Arquitéctos Técnicos, dado que en este caso no es aplicable la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). No obstante, esta nueva resolución refrena una vez más la injustificada reserva de actividad que se pretende imponer por parte de algunas administraciones y que choca frontalmente con la ley de Garantía de Unidad de Mercado.

 

Pueden consultar las sentencias y autos, así como la nota aclaratoria sobre las manifestaciones del CSCAE.

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