A partir del 29 de febrero, en cumplimiento con el Artículo 16.4 del R.I.T.E., los servicios del Colegio han de comprobar que los trabajos presentados para el visados son conformes con dicho reglamento.

Los trabajos permanecerán un tiempo mínimo en el Colegio para realizar la comprobación técnica y administrativa.
A continuación se emitirá una diligencia de dicha comprobación, (rellenada por el interesado previamente), que deberá adjuntarse al proyecto, para la posterior presentación ante la Administración correspondiente.


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