Se ha publicado en el BOE el Extracto del Ministerio de Industria y Turismo de la Orden por la que se convocan para el año 2026 las ayudas a la compensación de los costes indirectos para los sectores y subsectores industriales expuestos a riesgos de fuga de carbono.

Beneficiarios

Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:

-        Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.

-        Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2025, soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.

-        Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los siguientes sectores o subsectores (anexo I de la convocatoria cuadro 1 y cuadro 2):

Cuadro 1: Sectores y subsectores incluidos previamente en el mecanismo de compensación

C 1

 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuadro 2: Nuevos sectores y subsectores incluidos en el mecanismo de compensación.

c 2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ayuda

Compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2025, conforme al Real Decreto 309/2022 de 3 de mayo. El cálculo de los costes subvencionables y del importe máximo de la ayuda que podrá concederse por cada instalación y producto, para compensar los costes del año 2025, se calculará según el método descrito en el apartado octavo de la convocatoria adjunta.

La intensidad máxima de la ayuda será del 80 % para los sectores y subsectores recogidos en el cuadro 1, y de hasta el 75 % para los nuevos sectores incluidos en el cuadro 2.

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes comprende entre 30 de julio y el 26 de agosto de 2026. Solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio.

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